REGLAMENTO DE CROSS-COUNTRY 2011
Art.1º - Definición: El Campeonato de Cross-Country de la FUMODE se regirá por la presente Reglamentación, siendo complementadas por las reglamentaciones particulares de cada prueba, las que no podrán modificar los puntos fundamentales de la reglamentación general, estando en un todo de acuerdo con el Reglamento de los Campeonatos Uruguayos de Motociclismo, Código Deportivo de la FUMODE y por el Código Deportivo Internacional de la FIM.
Art.2º - Reglamento Particular: Los horarios de la competencia, de inscripciones y de las pruebas libres serán dados a conocer en el Reglamento Particular de la Prueba, el cual deberá ser publicado no menos de 10 días antes de la prueba. El Organizador se hará cargo del envío por mail, detallando información general, teléfonos y direcciones de Organizadores y eventualmente de Hoteles: y del envío de resultados por mail, fax o correo a los distintos medios. Igualmente todo tipo de difusión previa.
Art.3º - Circuitos: En las carreras tipo “Cross Country” la carrera tendrá una duración mínima de 60 minutos, si se separa el tiempo en mangas (series), cada una deberá tener un mínimo de 30 minutos. El circuito deberá ser cerrado, diagramado por senderos o campo-traviesa, con cierto grado de dificultad, evitándose el uso de caminos y cruce de ríos profundos.
La señalización deberá ser evidente y se colocarán señales claras en los lugares de PELIGRO, señales AZULES en curvas a la DERECHA y señales ROJAS en curvas a la IZQUIERDA.
Habrá controles en los lugares donde se pueda cortar camino. Los pilotos registrados en esa situación serán penalizados con la exclusión de la prueba y la prohibición de participar en la fecha siguiente del mismo campeonato.
También se podrá realizar un “súper-prime” tipo clasificatorio y/o sumatorio para la general para determinar el orden de largada.
Art.4º - Responsabilidad: Por el hecho de su inscripción, un piloto participante declara por sí, conocer y aceptar todo lo establecido en el Reglamento Particular, en el presente Reglamento General, en el Código Deportivo de la FUMODE y el Internacional, comprometiéndose a respetarlos y a hacerlos respetar; y renunciar a recurrir por cualquier motivo a árbitros y tribunales por hechos derivados de la organización o desenvolvimiento de las competencias, reconociendo como única jurisdicción competente a










